martes, 23 de abril de 2013

El testamento de don Patricio Valencia: El primer millonario que hubo en Salamanca.


    De Patricio Valencia regularmente no se habla, en cambio de su hija Emeteria, tanto en Celaya como en Salvatierra, en Soria y en Salamanca, continuamente se habla, bueno, exagero un poco, pues su recuerdo cada vez cae más en el olvido. Por ejemplo en Salamanca, la placa que conmemora un aniversario más de su nacimiento, el de Emeteria, en el cruce de las calles de Guerrero con Obregón, la mugre que se ha ido acumulando allí al paso de los años es la demostración del olvido en el que tenemos a uno de los personajes que bien podemos considerar como el primer rico del pueblo, su padre, don Patricio. Es por eso que en este artículo las fotos que vemos corresponden al sito denominado Paso de Macho en Veracruz, localidad en donde (cuentan) comenzó la fortuna de don Patricio, por ende, la fortuna que prosperó y, como suele suceder en nuestra nada bonita población, cuando fue grande, emigró a Celaya y a Salvatierra.

   Se dice que (cuenta la leyenda) que don Patricio era un español avecindado en Salamanca, que comerciaba con el tabaco, y que un día iba hacia Veracruz cuando una de sus mulas se desbarrancó en un punto conocido como el Paso del Macho, sitio en el que se decía abundaba la mala fortuna y que, si alguien se atrevía llegar allí esa mala suerte le acompañaría toda la vida. Don Patricio no hizo caso y sucedió todo lo contrario, al bajar a la barranca encontró no solo la mercancía que el llevaba, sino abundantes cargamentos de oro y de plata, mismos que recogió y de allí fue que, al regresar a Salamanca, pudo instalar los telares que le diera fama a la población y una enorme fortuna a él y su familia. Fortuna que Eusebio González, acrecentaría. Hubo la decisión de abandonar Salamanca, enfilaron a Salvatierra, luego a Celaya y sería en esos lugares en donde formarían un verdadero emporio, sin lugar a dudas, el primer negocio millonario en el Estado de Guanajuato, luego de las minas.

  "Como impulsores de la industria textil en Guanajuato figuran don Lucas Alamán y en segundo termino don Padricio Valencia, quien tiene el mérito de haber fundado la fábrica La Reforma en Salvaierra, Gto., que aun continua en operaciones. En sociedad con su hermana, doña Tecla, instaló una fábrica de telares ingleses en Salamanca y conociendo Salvatierra (que frecuentaba para vender manta que producía), conoció el molino de La Esperanza que tenía una caída de agua; y considerando muy importante la fuerza hidráulica, decidió comprar la finca. Se iniciaron las labores el 19 de noviembre de 1845 y la producción inicial la compró el arriero José López, quien hacía su comercio en las plazas de Yuririra, Uriangato, Santa Ana y Cuitzeo.

   Don Patricio otorgó su disposición testamentaria en Salvatierra el 1 de agosto de 1854. El documento dice literalmente:

  "(Al margen: No. 54). En el nombre de Dios Todopoderoso como esencia y primera persona yo don Patricio Valencia de edad de cincuenta y dos años natural y vecino de Salamanca y luego residente de esta ciudad, hijo de legítimo matrimonio de don Ramón Valencia  y de doña Decideria Martínez, naturales  y vecinos de Salamanca, sintiéndome enfermo de la enfermedad que Nuestro Señor se ha servido enviarme, pero en mi entero juicio y cabal memoria creyendo como firmemente creo en todos los misterios de la Santa Fe Católica, en cuya fe y creencias quiero y protesto morir y vivir; y esperando en la Divina Misericordia que perdonará mis culpas y pecados por la intercesión de María Santísima, Nuestra Señora, para que con el Santo Ángel de mi Guarda, Santo de mi nombre y demás Santos de mi devoción me ampare y me favorezca en el trance de mi muerte; hago y ordeno este mi testamento en la forma siguiente:


    1.- Encomiendo mi alma a Dios que la crió de la nada y mi cuerpo a la tierra de que formado, el que hecho cadáver quiero sea sepultado donde lo disponga don Pedro Mall, por mi encargo particular que le hago.


   2.- Quiero que le apliquen por mi alma diez misas: tres al Señor del Hospital de Salamanca, otras tantas al Señor Sacramentado, dos a Nuestra Señora de la Luz de esta ciudad, una al Señor San Antonio  y otra al Señor San Francisco.


   3.- Declaro ser casado con doña Guadalupe Ybañez en cuyo matrimonio he tenido siete hijos, de los que sólo viven cuatro y son Antonio, Emeteria, Rosa y Gumercinda, de las que son casadas Emeteria y Rosa, la primera con don Eusebio González y la segunda con don Benito Domenzáen.


  4.- Declaro que mi esposa no introdujo ningunos bienes al matrimonio ni yo tampoco llevé cosa alguna.

  5.- Declaro que a mis hijas no les he dado nada en clase de dote ni por otro motivo.

  6.- Declaro ser deudor de algunas cantidades, las cuales constan en los libros del Gobierno.


  7.- Declaro que mis bienes consisten en la fábrica de hilados que tengo en esta ciudad, cosa de noventa mil pesos en efectos de comercio que tengo en Salamanca y cuatro fincas urbanas en la misma Villa, otras dos fincas en el minera de La Luz, otra más en el mismo mineral que entregará don Rafael Osorio con el valor de un mil pesos, y varias cantidades de que me son deudores algunas personas, cuyas constancias obran en mi libro de Gobierno.


  8.- Declaro que los noventa mil pesos de efectos de comercio de que he hablado en la cláusula anterior, los tengo a partido a mediar de utilidades con mi hijo político don Eusebio González.


  9.- Después de cumplido y pagado el remanente de mis bienes, muebles y raíces, derechos y acciones instituyo por mis únicos y universales herederos a mis hijas doña Antonia, doña Emeteria, doña Rosa y doña Gumersinda Valencia y a mi citada esposa doña Guadalupe Ybañez y a ésta para que lo hagan y lleven por su orden y grado según su representación y lo dispuesto por las leyes con la bendición de Dios y la mía.

  10.- Nombro por testamentarios albaceas ejecutores de éste, mi testamento en primer lugar a mi esposa, doña Guadalupe Ybañez, en segundo a mi hijo político don Eusebio González y en tercer lugar a mi otro hijo político don Benito Domezáen; a cada uno de ellos insolidum doy todo mi poder cumplido cuanto a derecho se requiere para que puedan entrar y entren en todos mis bienes y los vendan y rematen en pública almoneda  o fuera de ella según les pareciere conveniente para que de su producto cumplan y paguen mis disposiciones dentro del término legal, o el más tiempo que necesiten pues al efecto se los prorrogo y les doy facultad para que puedan substituir sus oficios y subrogar otros en su lugar que lo lleven a su debida ejecución, a los cuales doy por nombrados y les concedo la misma facultad y potestad que a los expresados.


   Y por el presente revoco y anulo cualquier otro testamento o testamentos, codicilo o codicilos que yo haya hecho, otorgado para que no valgan ni tengan efecto alguno en juicio o fuera de él, ahora o en algún tiempo que parezca y sea protestado, aunque tengan cláusulas erogatorias y palabras particulares de las que haya que hacer mención, de las que al presente no me acuerdo; y doy por expresado literalmente y quiero y mando que el presente se cumpla y ejecute como mi última y deliberada voluntad en la forma y modo que mejor lugar hay en derecho. Así lo otorgo y no firmo por no saber, hízolo a mi ruego ante el presente escribano público de esta ciudad a primero de agosto de mil ochocientos cincuenta y cuatro, el primero de los testigos que lo fueron los ciudadanos Pedro Mall, Antonio J. y José Vicente Sosa, presentes y vecinos. Y yo el escribano doy fe que conozco al otorgante, quien a lo que parece se haya en su entero juicio y cumplida memoria, en testimonio de lo cual lo firmé con dichos testigos. Doy fe, -cuatro rúbricas-. (1)

  "La partida que registra la defunción de don Patricio está en Salvatierra y su copia es literalmente como sigue: Al margen: H. A. Francisco Patricio. Al centro: En once de diciembre de mil ochocientos cincuenta y cinco se sepultó en el camposanto de esta parroquia el cadáver de Francisco Patricio adulto de 65 años de edad de esta ciudad, de estado viudo. Se confesó y lo firmé. Rafael Aguilar. -rúbrica- (2)

Fuentes:

1.- Documentos.- Registro Instrumentos Público. 1854. AHM. Salvatierra, Gto.

2.- Libro de entierros. No. 10. Foja 128 F. APNSL, Salvatierra, Gto.

Todo este documento lo aparece en el Número 3 de la Revista La Gaceta. Presidencia Municipal, Salamanca, Guanajuato. Octubre-Noviembre de 1986.

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