No sé si tu te has hecho la misma pregunta al ver las estadísticas históricas de población de Salamanca, o de cualquier municipio del país, en donde aparece una serie de clasificaciones en su calidad política de cada comunidad que la conforma. En México hubo un gran censo, el primero levantado en el siglo XIX que se publicó en 1887 el doctor Alfonso Peñafiel, encargado de la sección estadística del Ministerio de Fomento. Los números que arrojó para Salamanca fueron que se conformaban de 1 Villa, 2 Pueblos, 24 Haciendas y 90 Ranchos. El siguiente Censo se hace en 1895 año en que, conicidentemente, Salamanca es elevada de Villa a Ciudad, es decir, su categoría política cambia. En 1900 se institucionalizan los Censos, los cuales se efectuarán cada diez años, con la salvedad de que en en 1920, por motivos de la Revolución, fue elaborado hasta 1921.
En 1900 el Censo de Salamanca nos dice que había 1 Ciudad, 1 Pueblo, 3 Congregaciones, 22 Haciendas y 116 ranchos. La población, bien lo sabemos, era eminentemente rural, no solo en Salamanca, no solo en el Estado de Guanajuato, sino en todo México. En la tabla que sigue aparee el porcentaje de población urbana de 1950 a 2010, el cual ha ido en incremento, al grado de invertirse, prácticamente, en cien años y en la actualidad vemos que México es un país netamente urbano con un 77.8%, contra, apenas, un 22.2% rural. Esto es alarmante ¿quiénes serán ahora quienes hagan producir al campo?
Pero no nos salgamos del tema. Lo que nos interesa ver es esa división política de los Municipios, no me refiero a los Distritos Electorales, ese es otro tema, sino, en función a su población. La Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en su Artículo 23 establece que una Ciudad debe contar con, al menos, 20 000 habitantes. Una Villa con 7 000; un Pueblo con 2 500 y una Ranchería con 500. Pero no vemos el concepto: Congregación. Habrá que tener en cuenta que esta Ley fue promulgada el 7 de Julio de 1977.
La congregación fue una práctica común en los primeros años del virreinato, se congregaban a los indios, es decir, se juntaban para evitar que siguieran dispersos y ejercer un mejor control sobre ellos o, en todo caso, una más controlada explotación de su trabajo y su obligación del pago al encomendero o al clero, según fuera el caso. El ejemplo más claro lo tenemos, en 1603, cuando ya existía la Congregación de Irapuato y se fundaba la Villa de Salamanca.
Mucho tiempo después, comenzado el siglo XX, el concepto de Congregación se aplicaba a una población que era mayor a un Rancho o Hacienda, y menor a la de un Pueblo, de acuerdo a los números que aparecen en la mencionada Ley, estaría entre los 1 000 y 1 500. Números muy cortos para los tiempos actuales en los que hay ranchos que rebasan los mil habitantes.
Miguel Alemán gobernó de 1946 a 1952, en ese periodo fue cuando se llevó a cabo el 7º Censo General de Población y Vivienda, los resultados del mismo no se darían a conocer hasta 1952, el que fuera Año de Hidalgo, por cierto. Para entonces ocupaba ya la Presidencia de la República Adolfo Ruiz Cortines. Y es precisamente de ese Censo que se desprende la siguiente información, la cual, creo, resulta ser de lo más interesante pues nos da una imagen de lo que era México, el Estado de Guanajuato y Salamanca a mediados del siglo XX en términos de población:
"En 1940 México era un país de ranchos y de rancherías. Todavía el número de haciendas y fincas era mayor que el de localidades con la categoría de ejidos. Las unidades industriales localizadas fuera de las ciudades y villas eran muy escasas. Pocas ciudades. Los pueblos y las congregaciones ocupaban el tercero y cuarto lugares después de las rancherías. Un país de ranchos y rancherías, de pueblos y congregaciones, de haciendas, fincas y ejidos, es un país predominantemente rural y agrícola con una importante de población dispersa, necesariamente mal comunicada, de bajos niveles de productividad agrícola y de vida rural con fuertes características locales y regionales en la cultura, con graves y extendidos problemas económicos, sociales y políticos entre los cuales los más importantes son: la alta proporción de economías rurales casi cerradas, el bajísimo coeficiente de riqueza y de renta per capita de esa población rural, la debilidad o inexistencia de las instituciones municipales, la persistencia de características culturales de tipo antiguo, con su resultante de resistencia a la adopción y desarrollo de formas culturales modernas.
"Un país que tenía según el censo de 1940, que fue preparado y realizado cuidadosamente, 122 434 localidades, poseía solo 841 localidades urbanas en el sentido social y económico (310 ciudades y 531 villas); contaba con 9 294 localidades rurales libres, núcleos casi incipientes por su desarrollo y fuerza, aunque muchos de ellos antiguos por su fecha de fundación, de vida institucional primaria, de agrupamientos humanos liberados por la revolución en donde en el último cuarto del siglo pasado y a principios de éste, se refugiaban los indígenas y mestizos que tenían espíritu menos conformista, y vivía y se multiplicaba una población con conciencia típicamente mexicana no siempre bien definida. Estos 9 294 núcleos rurales libres que existían en 1940, se dividían en dos grupos: 5 403 pueblos y 3 891 congregaciones. El feudalismo vencido por la Revolución como fuerza política, en algunas regiones, subsistía, agonizaba o se transformaba en 7 237 localidades de propiedad privada.
"Estas 7 287 unidades de supervivencia o de agonía feudal, se dividían en 5 688 haciendas y 1 599 fincas. Además deben considerarse 600 estaciones de ferrocarril que tenían el carácter de pequeños centros poblados y 5 808 pequeñas localidades sin categoría política, verdaderos núcleos de unas cuantas chozas o casas de adobe o de varas, esparcidas en el territorio nacional.
"Pero lo que le daba a ésta modalidad de la geografía política y social de México, a que nos estamos refiriendo, su carácter dominante, era el número importante de unidades de trabajo agrícola en donde vivían pequeños propietarios libres: me refiero a los 81 458 ranchos. Existían 12 916 rancherías formadas por pequeños propietarios rurales, ínfimos comerciantes, pastores y artesanos, y 4 109 localidades que tenían el carácter de ejidos, es decir, localidades formadas por agrupamientos de chozas y casas modestas en donde vivían ejidatarios situadas en los terrenos ejidales y no pertenecientes a la jurisdicciones de otras localidades. Aquí la palabra ejido está tomada como localidad por esta categoría política; no como unidad en el sentido del Código Agrario". (1)
A continuación los datos que nos dicen cual era el estado del país en cuando a clasificaciones de centros de población en 1940:
El tema de Haciendas, lo sabes bien, me es de gran interés. La historia de muchas de las Haciendas de Salamanca las he ido relatando, a medida de que me han sido posible conocerlas. Pensaba que luego de la Revolución y el consecuente Reparto Agrario, el concepto de Hacienda había desaparecido totalmente del catálogo de poblaciones en México y que se mantenía por mera tradición, pero a ver el resumen de los resultados del Censo de 1940, me doy cuenta de que su número seguía siendo representativo. De las 8 471 registradas en 1910, treinta años después, se contaban 5 688, el autor dice que son datos reveladores y ya lo creo que sí. Esas Haciendas, se localizaban en:
Yucatán 985
Nuevo León 479
Guanajuato 392
Jalisco 374
Chiapas 373
Tabasco 301
Estado de México 275
Sonora 275
Michoacán 270
Puebla 266
En el caso del Estado de Guanajuato, la evolución de las haciendas había sido así: en 1877 421; para 1900 eran 428; en 1910 se contaban 511, en 1940: 392. El número seguía siendo interesante.
Ahora bien, los datos que arroja el Censo de 1950 en Salamanca, Guanajuato nos dice que había una población total, en el municipio, de 49,200, de ellos, 41.5% era urbano y 58.5% rural. Había un Pueblo, Valtierrilla, con 2 509 habitantes. Cuatro Congregaciones: Cañada de Ortega (55); Cárdenas (1 040); Loma de Flores (764) y La Ordeña (732). Los Ranchos eran un total de 139 y 10 las Haciendas cuya población anoto en la columna:
1.- Mendoza 1 055
2.- San José Temascatío 467
3.- Cerro Gordo 459
4.- Los Aguilares 249
5.- Ancón 219
6.- Sotelo 206
7.- Mancera 194
8.- El Fuerte 178
9.- San Rafael de Uruétaro 135
10.- San Bernardo 112
Para el siguiente Censo, el de 1960, ya no se hace tanto énfasis en la categoría política de la población, sino en una clasificación que la divide entre urbana y rural: "Se considera 'urbana' la población que habitan localidades con más de 2 500 habitantes, y como 'rural' la que habitan en localidades con población no mayor de la cifra indicada" (2). En 1960 había 67 097 habitantes en el Municipio de Salamanca.
Como lo vimos en la tabla del principio, la población, para 1960 casi era mitad urbana, mitad rural, para 1970, cuando se realiza el IX Censo General de Población y Vivienda el resultado era que la rural había bajado en 10 puntos, aumentando en esa población la urbana. Es allí en donde el concepto de Congregación, Hacienda o Rancho, prácticamente desaparece y se le comienza a llamar, con el genérico de "Localidad".
"Localidad: Es todo lugar poblado como ciudad, pueblo, hacienda, rancho, etc., que tenga un nombre y una categoría política, ya sea por ley o costumbre. Dada la gran extensión del Territorio Nacional y la falta de elementos adecuados para ubicar con claridad aglomeraciones o núcleos de población en los que las unidades de habitación tienen una cercanía relativa, la definición usada de localidad tiene algunas limitaciones. Hay la posibilidad de que aparezcan dentro de una sola localidad, centros poblados o viviendas distantes entre sí, o bien, que se especifiquen localidades que en realidad forman parte de una aglomeración mayor de población". (3)
Y ya para concluir, enfocándonos directamente al concepto de Hacienda, encuentro que es el Gobierno Municipal de Tepic, Nayarit, quien lo define y quizá lo podamos aplicar, por ejemplo, al caso de Salamanca:
"Hacienda :
A. Sea cual fuere el número de habitantes.
B. Que las casas donde habiten los peones sean de la propiedad particular del dueño de una Hacienda, y expresamente construidas por cuenta de el o de los propietarios de la Hacienda o de quienes lo antecedieron en la propiedad.
C. Que todo el terreno perteneciente a la Hacienda se explote en el momento de levantar el censo de que abajo se trata, y se halle explotado desde un año antes de la expedición de esta Ley, por cuenta y riesgo exclusivamente del o de los propietarios, utilizando los servicios de todos los vecinos aptos para el trabajo y que habiten el caserío precisamente como peones a jornal o destajo en la forma descrita por el artículo 44 de la Ley del Trabajo del Estado". (4)
Fuentes:
1.- VII Censo General de Población y Vivienda. Secretaría de Economía. Dirección General de Estadística, México, 1952. pp.4-5
2.- VIII Censo General de Población y Vivienda. Secretaría de Industria y Comercio. México, 1961.
3.- IX Censo General de Población y Vivienda. Secretaría de Industria y Comercio, Dirección General de Estadística. México. 1971. p.LXV.
4.- Ley de Categorías Políticas para las poblaciones que forman el Estado de Nayarit, en relación a su división política territorial. Periódico Oficial del Estado de Nayarit el 28 de enero de 1926.
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